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Sede Electrónica

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Instalación y funcionamiento de grúa torre

Qué es

Solicitud de licencia para instalación y funcionamiento de grúa torre en obras.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física o jurídica, titular de una licencia de obras.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Tramitar con certificado o Cl@ve

Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.

Iniciar trámite>

Tramitar sin certificado

Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

Iniciar trámite>

Descargar instancia

Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

Descargar instancia>

Importe

Si ocupa vía pública: tasas sobre ocupación de vía pública, con un mínimo de 120,35 euros.
Si no ocupa vía pública: este trámite no devenga tasas.

Condiciones de solicitud

Con anterioridad a la instalación.

Requisitos

Disponer de licencia de obras y que en la citada licencia de obras no esté ya autorizada la instalación de la grúa en cuestión.

Documentación a presentar

PARA LA INSTALACIÓN:
1) Modelo de licencia de obras.
2) Fotocopia de la licencia de obras previamente otorgada.
3) Proyecto de instalación de la grúa torre, incluyendo el correspondiente documento de seguridad y salud.

PARA EL FUNCIONAMIENTO: una vez concedida la licencia para la instalación de la grúa. Para su puesta en servicio se presentará ante el órgano competente del Gobierno de Navarra la documentación prevista en la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-2" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.

La documentación ha de presentarse en formato digital.

Los obligados (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales, entre otros) por el artículo 42 de la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico Electrónico, por registro electrónico.

Más información

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

RECURSOS DE PRESTADORES: Contra los actos administrativos dictados por el Ayuntamiento podrán interponerse, optativamente, los siguientes recursos:
Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro del plazo de dos meses desde la notificación del acto.
RECURSOS DE DESTINATARIOS DE SERVICIOS: Podrán interponer reclamación ante el Gobierno de Navarra o presentarla ante la Junta Arbitral de Consumo, si el prestador está adherido al sistema. También podrá acudir a las organizaciones de consumidores.
- ASOCIACIONES DE AYUDA AL PRESTADOR: El prestador de servicios podrá solicitar ayuda ante las organizaciones empresariales o la Cámara de comercio

Normativa

Ordenanza sobre procedimiento urbanístico (BOE 23/11/1984). Artículo 117.
Ley Foral de la Administración Local de Navarra (Ley Foral 6/90, de 2 de julio; BON 84, de 13/07/1990).
Ordenanzas Fiscales de 2025, Núm. 9 (Epígrafe I.I.3).

PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL: 1 mes.
PLAZO ESTIMADO: 1 mes.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: negativo.
RESOLUCIÓN: Concejalía Delegada del Área.

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