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OK | POLÍTICA DE COOKIESLa cuota del IVTM (Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica) se prorratea por trimestres naturales en los casos de baja
del vehículo.
Si se trata de una baja del vehículo registrada en el censo fiscal del IVTM antes de la emisión del recibo de generación anual,
éste se emitirá ya prorrateado por el primer trimestre (el recibo se generará siempre dentro del primer trimestre del año).
Si la baja del vehículo es posterior a la emisión del recibo anual pero anterior a la fecha de vencimiento del pago en período
voluntario se podrá solicitar al Departamento de Tributos Periódicos (en el teléfono 948420245/250/251 o en el email circulacion@pamplona.es).
En los casos en los que existiendo baja del vehículo el recibo se pagara por su importe íntegro, se podrá solicitar la devolución
de la parte proporcional a los trimestres que correspondan en función de la fecha de baja del vehículo. Para la solicitud
hay que presentar una instancia en cualquiera de los Registros Municipales o en la Oficina de Atención al Contribuyente.