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OK | POLÍTICA DE COOKIESAutenticación de la fotocopia de un documento original.
Cualquier persona física o jurídica.
Por cada compulsa 2,35 euros.
Se considera una única copia compulsada los documentos a aportar en un único expediente por una misma persona.
A pagar en efectivo en la propia unidad tramitadora.
Ninguno.
Sólo se compulsan documentos que vayan a ser entregados al propio Ayuntamiento o emitidos por el propio Ayuntamiento.
Documentos originales y sus fotocopias.
Si la documentación NO es para el Ayuntamiento, se solicitará su compulsa en el lugar donde se vaya a entregar o en el lugar
en donde se han expedido los documentos. También compulsan en los notarios.
En el Gobierno Civil - Delegación de Gobierno: sólo entrega y compulsa de documentos para la administración pública del estado
(ministerios, etc.). No se puede llevar uno la compulsa.
La compulsa de documentación que se vaya a entregar en sobre cerrado en el Ayuntamiento se hace en Secretaría General (Casa
Consistorial - 4 planta).
NORMATIVA LEGAL: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 02/10/2015).
Ordenanza Fiscal de 2023, Núm. 7 (epígrafe IV).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: 1 día.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: Las fotocopias compulsadas llevan el sello de la firma del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local.