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OK | POLÍTICA DE COOKIESSi se trata de un matrimonio, cualquiera de los cónyuges, parientes del nacido o quien tenga conocimiento cierto del nacimiento.
Si se trata de parejas de hecho, ambos progenitores.
Si el estado civil de la madre es el de divorciada o separada legal, debe acreditar esta circunstancia mediante la sentencia
correspondiente.
Si su estado civil es soltera, la madre puede realizar la inscripción en solitario y en ella sólo figurará la filiación materna.
Si la madre es menor de edad, debe acudir al Registro Civil acompañada de sus representantes legales.
INSCRIPCIONES EN PAMPLONA:
En el Registro Civil de Pamplona, de lunes a viernes de 09:00 h. a 14:00 h. Es obligatorio solicitar cita previa (848-424012).
Parte médico del nacimiento del hijo/a debidamente cumplimentado.
Boletín estadístico facilitado por el centro médico con sus datos personales debidamente cumplimentado.
DNI, NIE o pasaporte de ambos padres.
Libro de Familia (si dispone del mismo).
Si el nacimiento ha tenido lugar fuera del lugar de residencia de los progenitores y se desea inscribir en dicho lugar, deberá
efectuarse dentro del plazo establecido y aportar además de los documentos relacionados los siguientes:
Certificación acreditativa del domicilio de los padres por medio
del DNI o certificado de empadronamiento.
Certificado de la clínica en el que haga constar que no se ha iniciado la inscripción. El certificado debe ser solicitado
por el padre y la madre conjuntamente.
Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro
Civil.
Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad.
Artículos 40-46 de la ley de Registro Civil de 8 de Junio de 1957.
Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior (Gobierno de Navarra)
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.