Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para gestionar su visita en la página. Si continua navegando, entenderemos que nos facilita su consentimiento para usar dichas cookies. Si desea más información consulte la política de cookies.
OK | POLÍTICA DE COOKIESOtorgar a la mujer solicitante el reconocimiento de víctima de violencia de género.
Este reconocimiento le permite acceder a las prestaciones, ayudas y recursos para víctimas de violencia de género, excepto
a la reserva de vivienda VPO. Esta última prestación debe solicitarse directamente en el Instituto Navarra para la Igualdad
/ Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
Mujeres en situación de violencia de género.
Formulario de solicitud.
Cualquiera de los siguientes documentos:
Orden de protección a favor de la víctima.
Sentencia favorable.
Informe elaborado por los recursos especializados de atención a las mujeres.
Ley 27/2003, de 31 de julio. (BOE 183, de 01/08/2003)
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. (BOE 313, de 29/12/2004)
Decreto Foral 16/2007, de 26 de febrero. (BON 34, de 19/03/2007)
Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres (BON 71, de 15/04/2015).
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.